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Vencimientos del Año 2010

Impuesto a los Vehículos

Cuota Vencimiento
1 10/02/2010
2 07/04/2010
3 09/06/2010
4 10/08/2010
5 07/10/2010
6 09/12/2010

Impuesto Inmobiliario

Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano

Cuota Vencimiento
1 06/05/2010
2 07/07/2010
3 09/09/2010
4 11/11/2010

Inmobiliario Básico Rural y Subrural

Cuota Vencimiento
1 08/04/2010
2 10/06/2010
3 29/07/2010
4 24/09/2010

Impuesto Sobre los Ingresos Brutos - Obligados Directos

R.G. 49/09

Presentación Declaración Jurada - DGR A1225 - correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010: 31/03/2010

Anticipo Mes Base Vencimiento
1 ENERO 15/03/2010
2 FEBRERO 15/04/2010
3 MARZO 17/05/2010
4 ABRIL 15/06/2010
5 MAYO 15/07/2010
6 JUNIO 17/08/2010
7 JULIO 15/09/2010
8 AGOSTO 15/10/2010
9 SEPTIEMBRE 15/11/2010
10 OCTUBRE 15/12/2010
11 NOVIEMBRE 17/01/2011
12 DICIEMBRE 15/02/2011

Impuesto Sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral

R.G.: 8/09 (Comisión Arbitral)

Presentación Declaración Jurada - CM05 - correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009: 30/06/2010

Anticipo Mes de
Vencimiento
Contribuyentes con N° de Inscripción
Terminados en (Dígito Verificador)
0/1  2/3  4/5  6/7  8/9
DIA DIA DIA DIA DIA
1 Febrero-10 15 16 17 18 19
2 Marzo-10 15 16 17 18 19
3 Abril-10 13 14 15 16 19
4 Mayo-10 13 14 17 18 19
5 Junio-10 14 15 16 17 18
6 Julio-10 13 14 15 16 19
7 Agosto-10 13 17 18 19 20
8 Septiembre-10 13 14 15 16 17
9 Octubre-10 13 14 15 18 19
10 Noviembre-10 15 16 17 18 19
11 Diciembre-10 13 14 15 16 17
12 Enero-11 13 14 17 18 19

 

Impuesto Sobre los Ingresos Brutos – Agente de Recaudación

Ingresar los montos retenidos o percibidos y las Declaraciones Juradas, aún las "Sin Movimiento", hasta el día 10 del mes inmediato siguiente al cual corresponden las operaciones.
R.G. 54/07



Impuesto de Sellos – Agentes de Recaudación

Los Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos que intervienen en actos gravados, relacionados con actividades comerciales, bancarias y de seguros, deberán cumplimentar las obligaciones formales y tributarias dentro de los diez (10) días corridos siguientes al período que corresponde liquidar.
R.G.: 28/1989

Los Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos que intervienen en actos gravados, relacionados con la comercialización de cereales, la presentación de la declaración jurada y las copias de contratos y el ingreso del impuesto, deberán efectuarse el día (20) del mes siguiente a la finalización del período mensual que debe declararse.
R.G.: 3/1991

 

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Dirección: Casa de Gobierno - Centro Cívico - Piso 1° - Santa Rosa - La Pampa
TeleFax: (02954) 452615 - E-mail: rentas@lapampa.gov.ar

 

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